1. La defensa de los intereses de las amas de casa, consumidores y usuarios, utilizando para ello los cauces establecidos en la legalidad vigente.
  2. La protección de la salud y seguridad , a cuyo efecto velara para que los productos, actividades y servicios puestos en el mercado, a disposición de las amas de casa, consumidores y usuarios, impliquen riesgo para la salud seguridad, salvo los reglamentarios admitidos en condiciones normales y previsibles de utilización